¿Cómo solicitar la incapacidad permanente?

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incapacidad permanente

Con el objetivo de proteger a los trabajadores se fijó en la ley la figura de incapacidad. La incapacidad permanente, a su vez, es el máximo nivel de protección que da el IMSS. Esta se otorga cuando, por enfermedad o accidente, ya no puedes volver a trabajar.

Para garantizar tu protección y la de tu familia es que te vamos a explicar todo sobre la incapacidad permanente. De esta forma, y con el dictamen médico en mano, podrás solicitar la misma para que tú y tus seres queridos no se queden sin apoyo.

Hay que tener en cuenta que la pensión varía según el dictamen médico. Por tanto, puede ser provisional hasta por dos años o definitiva.

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¿Qué es la incapacidad permanente?

La incapacidad permanente se da cuando una persona sufre de un accidente o una enfermedad causadas por su trabajo que le impide volver a trabajar. Esto, ya sea de forma parcial, por ejemplo, por haber perdido una extremidad, o de forma permanente.

Para que se otorgue la incapacidad, un médico del IMSS debe emitir un dictamen en el que se constate tanto el riesgo de trabajo como sus consecuencias. Además, de que se fija un periodo de revisión de dos años. Una vez pasada la observación, se determina que el trabajador es apto para la incapacidad permanente y su respectiva pensión.

Requisitos para solicitar la incapacidad permanente

Para solicitar la incapacidad permanente se deben de cumplir con estos requisitos:

  • Tener tus derechos vigentes como asegurado del IMSS.
  • Haber sufrido un riesgo de trabajo que derive en la incapacidad.
  • El dictamen del médico que avale dicha incapacidad permanente.
  • El formato ST-3 emitido por el médico tratante del IMSS.

Es importante cumplir con estos requisitos, ya que los mismos, más los documentos próximos a mencionar son necesarios para tramitar tu incapacidad permanente.

Documentos necesarios para el trámite

Además de cumplir con los anteriores requisitos, el Instituto Mexicano del Seguro Social también requerirá estos documentos para tramitar tu incapacidad permanente:

  • Identificación oficial con fotografía vigente.
  • Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, INFONAVIT o una AFORE que contenga tu número de seguridad social y tu nombre.
  • Comprobante de domicilio con antigüedad menor a 3 meses.
  • CURP.
  • Estado de cuenta de tu AFORE.
  • Constancia de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes o cédula de identificación fiscal.
  • Estado de cuenta bancario (nómina).
  • Acta de nacimiento.
  • Dictamen médico de incapacidad permanente (formato ST-3).

Recuerda que todos los documentos se deben presentar tanto en original como en copia para el trámite y su cotejo con la base de datos del IMSS.

¿Qué es la asignación familiar y cómo obtenerla?

La asignación familiar es una ayuda que se otorga por familiar a los beneficiarios designados por el trabajador cuando este recibe la incapacidad permanente. Dicha ayuda solo se entrega a la esposa o esposo, concubina o concubino, hijos menores de hasta 16 años o hasta 25 si son estudiantes o hijos mayores de 16 que estén incapacitados. Además, de que solo aplica para trabajadores registrados en el IMSS dentro de la ley de 1997.

Para solicitar dicha asignación familiar se requieren los siguientes documentos del trabajador:

  • Identificación oficial vigente: original y copia.
  • Comprobante de domicilio: Original y copia.
  • CURP: Copia.
  • Acta de nacimiento: Copia certificada.

Además, dependiendo de quién sea el beneficiario serán los requisitos a cumplir. Por ejemplo, la esposa deberá presentar el acta de matrimonio o la concubina la resolución judicial donde se acredite el concubinato.

Lo que debes saber antes de solicitar la incapacidad permanente

Es importante destacar que el trámite de la incapacidad permanente se debe realizar en las oficinas de la subdelegación del IMSS que te correspondan. Este es un trámite presencial por lo que deberás acudir en los horarios laborales indicados por las oficinas.

También deberás de verificar los términos de la incapacidad permanente y de tu pensión. Por ejemplo, para los inscritos al IMSS bajo la ley de 1997, no es necesario acreditar la supervivencia de forma presencial. Solo basta con actualizar los datos del beneficiario.

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