Como contribuyentes, a la hora de cumplir nuestras obligaciones fiscales, siempre queremos la mejor opción. Por eso, es normal querer saber a quiénes aplica el Resico. O, mejor dicho, el Régimen Simplificado de Confianza.
Y es que este régimen es relativamente nuevo, ya que nació en 2022 con el fin de reducir la evasión fiscal y aumentar la recaudación. Además de simplificar a nivel administrativo los procesos para el pago de impuestos y declaración anual para los contribuyentes.
Puesto que este régimen tiene unas ventajas para muchos atractivas, en este post veremos a quiénes aplica el Resico.
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¿A quiénes aplica el Resico?
Antes de ver a quiénes aplica el Resico, es preciso mencionar que las personas que se inscriben al Resico tributan con tasas mínimas que van desde el 1% al 2.5% de sus ingresos para pagar el impuesto sobre la renta.
No obstante, en el régimen simplificado de confianza no es posible deducir gastos como personas físicas con la actividad empresarial.
Por eso, es bueno saber a quiénes aplica el Resico y comprender cómo funciona este régimen. La base del Resico son los ingresos facturados y cobrados en el año fiscal anterior.
¿A quiénes dan de baja de Resico?
Es muy importante saber no sólo a quiénes aplica el Resico. Sino también a quienes pueden dar de baja de dicho régimen.
Cuando surgió el Resico, el SAT dijo que podría dar de baja algunos contribuyentes por incumplir sus obligaciones fiscales. Además, no podrían inscribirse de nuevo. Dicha medida sería aplicada aquellas personas que deben tres o más pagos mensuales o no presentan la declaración anual.
Efectivamente así pasó. Al comenzar el 2024 más de 310,000 contribuyentes que pertenecían a este régimen fueron dados de baja por no presentar sus declaraciones anuales.
¿A quiénes aplica el Resico?
Ahora sí, el punto más importante de este artículo: ¿a quiénes aplica el Resico?
En el régimen simplificado de confianza pueden tributar tanto personas físicas como personas morales. No obstante, las personas morales no pueden estar asociadas con otras personas morales. Además, sus ingresos no deben superar los 35 millones de pesos.
Requisitos para las personas físicas
Las personas físicas con actividad empresarial que tributan en Resico deben tener unos ingresos anuales de menos de 3.5 millones de pesos.
Por otro lado, para pertenecer al régimen simplificado de confianza debes estar activo en el RFC y estar al día con tus obligaciones fiscales. Además, es necesario tener la e-firma y buzón tributario activo.
¿Quiénes no pueden ingresar en este régimen?
Contrario al caso de las personas físicas, las personas asalariadas no tienen permitido ingresar a este régimen. Pues estos trabajadores pertenecen al régimen de sueldos y salarios. Asimismo, tampoco pueden inscribirse Resico aquellos que:
- Tienen residencia en el extranjero.
- Tienen ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
- Son socios o accionistas de personas morales.
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