Existen diferentes razones por las que un empleado dejaría su trabajo, considerando que la salud mental y física siempre están primero. No obstante, surgen varias dudas relacionadas con este hecho. Por ejemplo, una de las que más se repite es: ¿si renuncio me pagan mis vacaciones? Y hoy te ayudaremos a responderla si continúas leyendo.
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¿Si renuncio me pagan mis vacaciones?
La Ley Federal del Trabajo establece que un trabajador tiene derecho al pago de sus vacaciones incluso después de haber renunciado. Por lo tanto, la respuesta a esta pregunta es sí. No obstante, el empleado también debe recibir una serie de remuneraciones asociadas a este concepto, por ejemplo:
- La prima vacacional, que equivale al 25% del monto total del pago de las vacaciones. Suponiendo que el monto vacacional es de $10.000, te corresponden otros $2.500 de prima.
- Aguinaldos, cuyo pago es igual a 15 días de salario por cada año trabajado. Si, por ejemplo, estuviste dentro de la empresa por 4 años, te corresponden 60 días de salario.
¿Qué pasa si no tomo mis vacaciones y renuncio?
¿Si renuncio me pagan mis vacaciones si estuve menos de un año? Esta es una duda razonable, ya que el derecho a las vacaciones es válido una vez cumplido el año de contrato.
No obstante, que renuncies antes de cumplir ese tiempo no influye en lo que establece la ley. Es decir, que de todas formas te tocará el pago de tus vacaciones, aun habiendo trabajador por algunos meses nada más.
¿Cómo se calcula el pago de las vacaciones?
Una vez que logras responder, ¿si renuncio me pagan mis vacaciones? Ahora puedes empezar a contar cuánto dinero te van a dar. Pero, ¿cómo se hace? ¿Qué conceptos debo considerar para realizar el cálculo de las vacaciones? Aquí te los explicamos con dos ejemplos.
Primer caso
Eres un trabajador con 5 años dentro de una empresa y decides renunciar. El cálculo de las vacaciones según la LFT es de 6 días de salario por cada año trabajado. En este caso, el total a pagar es de 30 días de sueldo (5 años * 6 días = 30).
Ahora bien, asumiendo que el salario diario es de $145, se tendría que multiplicar este monto por los días correspondientes ($145 * 30 = $4350). Además, se debe calcular la prima vacacional y adicionarla a este cálculo ($4350 * 1,25 = $5437,50).
Segundo caso
El trabajador no completó el año de trabajo, y solo prestó sus servicios a la empresa durante 6 meses. En dichas circunstancias, se hace el cálculo considerando solo el primer año, que son 6 días de salario. Si el sueldo base era $125, da un total de $750 ($125 * 6 días).
Asimismo, se calcula la prima vacacional, que es el 25% del monto total de las vacaciones. De esta manera, al trabajador le corresponde un pago de $937,50 (750 * 1,25).
Otras consideraciones
El enterarte de qué pasa si no tomo mis vacaciones y renuncio, conseguirás aclarar muchas dudas sobre el cálculo y tus derechos como trabajador. Aunque, considera que los días a pagar por cada año trabajado pueden variar dependiendo de las políticas internas de cada empresa.
En este sentido, indaga sobre esta posibilidad antes de asumir que son solo 6 días por cada año prestado, ya que puede llegar a ser más y tu patrón no te lo está diciendo.
¿El patrón no te quiere pagar vacaciones?
Si ese es el caso, permítenos ayudarte y que se cumplan tus derechos como lo dicta la Ley Federal del Trabajo. ¡Contáctanos ahora!